En el marco de la protección del medioambiente y de los recursos, así como de una actuación empresarial responsable, concedemos una gran importancia al tema de los microplásticos.

En España, la regulación de los microplásticos se enmarca principalmente en la normativa de la Unión Europea. Desde el 17 de octubre de 2023, el Reglamento REACH (CE) n.º 1907/2006 establece una definición vinculante y regula determinadas micropartículas de polímeros sintéticos. Esta normativa contempla restricciones para su comercialización e incluye períodos transitorios escalonados hasta 2035, a más tardar, con el objetivo de garantizar una reducción progresiva. No obstante, no todos los polímeros se consideran micropartículas de polímeros sintéticos conforme a dicho reglamento.

En España, este marco europeo se complementa con la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, orientada a prevenir y reducir la generación de residuos y el impacto de los productos de plástico en el medioambiente.

Los microplásticos pueden generarse y liberarse de dos maneras diferentes.

Por un lado, pueden generarse de manera involuntaria cuando piezas de plástico de mayor tamaño se descomponen en partículas más pequeñas debido a efectos mecánicos, físicos o químicos. Esto puede suceder, por ejemplo, por la abrasión o degradación de productos de plástico como envases, neumáticos o tejidos sintéticos.

Por otro lado, pueden fabricarse de forma específica mediante procesos industriales y añadirse a determinados productos para cumplir funciones técnicas concretas, por ejemplo, en productos de limpieza, productos cosméticos o revestimientos. Las restricciones del Reglamento REACH se aplican a determinadas micropartículas de polímeros sintéticos añadidas intencionadamente. Según la Comisión Europea, se estima que cada año se liberan al medioambiente en la Unión Europea alrededor de 42.000 toneladas de partículas de microplásticos añadidas intencionadamente. Puedes consultar más información en la página web de la Comisión Europea.

Para los consumidores puede resultar difícil determinar si un producto contiene micropartículas de polímeros sintéticos según la definición del Reglamento REACH. Esto se debe, entre otros motivos, a que la clasificación no se basa en una lista cerrada de ingredientes, sino que depende de distintos criterios, especialmente de las propiedades fisicoquímicas, el tamaño de las partículas, la estructura y la función de una sustancia en el producto correspondiente.

En este contexto, colaboramos continuamente con nuestros fabricantes para estudiar diferentes posibilidades de reducir el uso de polímeros sintéticos conforme a la legislación vigente y analizar fórmulas alternativas.

En la sección de cosmética natural, determinados productos cuentan con el sello NATRUE. NATRUE es un estándar reconocido internacionalmente para la cosmética natural y ecológica certificada. Este sello garantiza que los productos certificados correspondientes no contienen organismos modificados genéticamente, siliconas, parabenos, microplásticos, fragancias sintéticas ni aceites minerales.